Debes revisar el contenido de tu póliza
El pasado 01 de Enero entró en vigor la Ley 35/2015 de 22 de septiembre en la que se aprueba el nuevo Baremo de daños personales en accidentes de tráfico (comúnmente conocido como «Baremo de lesiones»).
Con esta norma se ha reformado el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
¿Cuál es la principal novedad?
Se han incrementado las indemnizaciones teniendo en cuenta las circunstancias personales, familiares, laborales y profesionales tanto de las víctimas como de los perjudicados. Los principales incrementos tendrán lugar en las indemnizaciones por fallecimiento, lesiones temporales, secuelas y lucro cesante de las mismas.
Para aquellos siniestros que no son de automóvil, la Ley no es de aplicación obligatoria, si bien como está pasando con el actual baremo, los Jueces lo utilizan generalmente como Ley de referencia en aras de igualar las indemnizaciones de las victimas, con independencia del tipo de accidente
¿Qué impacto puede tener?
Independientemente de la interpretación final de los Juzgados y Tribunales puede suponer un aumento medio de las indemnizaciones de entre el 10% y el 50%.
Nuestra recomendación ante estos cambios
Ante esta nueva situación, consideramos imprescindible que las empresas procedan a revisar las coberturas de responsabilidad civil de sus pólizas de Pymes, comercio y Responsabilidad Civil.
Por todo lo expuesto, nuestra recomendación es aumentar al menos las sumas aseguradas por Responsabilidad Civil y el sublímite por víctima de esta forma conseguiremos que contar con un capital suficiente y ajustado para hacer frente a los posibles siniestros de daños personales y sus consecuencias con la finalidad de evitar que los clientes tengan que asumir el posible exceso de indemnización no cubierto por su póliza actual.
Ejemplo: Hemos calculado con el nuevo baremo la indemnización que recibiría una familia por el fallecimiento en accidente de tráfico de un varón de 36 años, casado, con dos hijos pequeños, dos hermanos, padres vivos y 22.000€ de salario neto. La indemnización global ascendería a mas de 488.000€ en 2016 frente a los 189.000€ que hubieran recibido en 2015 con la aplicación del baremo anterior.
¿Hay que revisar las pólizas o no? Ponte en contacto con nosotros y revisaremos si tus pólizas se adecuan a esta nueva realidad en info@ramirorevuelta.es