Seguro de Responsabilidad Civil para Drones
El RD 8/2014 exigía la existencia de un seguro de Responsabilidad Civil para Drones. Desde el 31 de diciembre de 2020 es de aplicación la normativa europea de UAS (drones). Esta norma afecta a todos los drones independientemente de su uso* (recreativo o profesional) o tamaño/peso. En este apartado de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea se recopilan las obligaciones mínimas a cumplir antes de volar cualquier dron:
¿Quién debe disponer de este seguro?
Los operadores de estas aeronaves pilotadas por control remoto deben disponer de una póliza de seguro que cubra la Responsabilidad Civil frente a terceros por daños que puedan causar durante y a causa de la ejecución del vuelo. Esta normativa obedece al crecimiento de este sector emergente.
¿Qué cubre?
El seguro cubre las actividades previstas en la legislación entre otras hobby, fotografía, filmaciones, investigación, observación y vigilancia aérea, operaciones de emergencia, búsqueda y salvamento, etc. cuya masa al despegue sea inferior a 20 Kg. y que cumplan con la legislación vigente en cada momento en materia de horarios, zonas de vuelo, distancias a poblaciones e instalaciones aeroportuarias.
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